Habitantes de San Francisco Tlalcilalcalpan presentan demanda amparo ante omisiones de autoridades estatales

Integrantes de la comunidad indígena otomí de San Francisco Tlalcilalcalpan, a través de su representante Carlos Hernández Membrino, presentaron este lunes una demanda de amparo indirecto ante un Juzgado de Distrito en materia administrativa del Estado de México, denunciando la omisión sistemática de autoridades estatales para llevar a cabo la consulta previa sobre su estatus municipal y la reconstitución de su territorio.
El documento señala como responsables a la gobernadora del Estado de México, la morenista Delfina Gómez; al Congreso local; a la Comisión Legislativa de Límites Territoriales; al Concejo Estatal para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y a los presidentes municipales de Almoloya de Juárez y Zinacantepec.

Actos reclamados

Entre los actos que la comunidad considera violatorios de sus derechos colectivos destacan:
· La omisión de realizar la consulta indígena para decidir si el pueblo es reintegrado como municipio autónomo o permanece adscrito a Almoloya de Juárez.
· El retraso en el dictamen sobre la municipalización y en la reconstitución del municipio de San Francisco Tlalcilalcalpan.
· La falta de servicios públicos básicos como red hidráulica, alumbrado, seguridad pública y respeto a territorios sagrados.
· La derogación no consultada del decreto número 70 que había incorporado a la comunidad al municipio de Almoloya de Juárez en 1870.

También se argumenta que se ha transgredido el principio de progresividad de los derechos humanos al haber sido ya un municipio en el pasado y ahora verse reducidos sus derechos sin ningún proceso de participación.

Representación y fundamento

Hernández Membrino, presidente del Concejo Mayor del Gobierno Popular de San Francisco Tlalcilalcalpan, elegido por asamblea general en junio de 2021, acompañó la demanda con 2 mil 320 firmas y 444 credenciales de elector que acreditan su representación, con fundamento en el artículo 13 de la Ley de Amparo y el artículo 2° constitucional.
El caso evidencia la tensión entre las demarcaciones municipales oficiales y los derechos colectivos de los pueblos originarios, en particular el derecho a la libre determinación, autonomía y conservación de su territorio que Tlalcilalcalpan ha venido reclamando.

Siguiente paso

Corresponderá al Juzgado de Distrito admitir o desechar la demanda, y en su caso solicitar informes a las autoridades responsables. La comunidad exige que se dé trámite inmediato a la consulta indígena y se emita el dictamen de municipalización que han exigido desde hace años.

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